¡Ahorre!, no consuma energía adicional este invierno
Entre el 1 de abril y el 30 de septiembre de cada año, la ley establece aplicar el cargo por Energía Adicional de Invierno en su cuenta de consumo eléctrico.
Su cuenta de energía eléctrica estará afecta a este cargo sólo si cumple alguna de las siguientes condiciones:
1. Si su consumo de energía mensual excede los 430 kWh.
2. Si su cuenta de consumo mensual es superior al Límite de Invierno establecido para su hogar.
¿Cómo se calcula?
El Límite de Invierno para el año 2023 se calculará promediando el consumo de su hogar entre los meses de octubre 2022 y marzo 2023 + el 20%, siendo su valor mínimo 350 kWh.
Revise algunos ejemplos:
- Si su Límite de Invierno es de 450 kWh y su consumo en un mes de invierno es de 550 kWh, usted tendrá un adicional de 100 kWh que se verá afectado por el cargo por energía adicional de invierno.
- Si su Límite de Invierno es menor a 430 kWh, por ejemplo 400 kWh y su consumo alcanzó los 431 kWh, usted tendrá un adicional de 31 kWh que se verá afectado por el cargo por energía adicional de invierno.
- Si su Límite de Invierno es menor a 430 kWh, por ejemplo 400 kWh y usted consumió 430 kWh, usted no tiene cargo por energía adicional de invierno.
Revise el Límite de Invierno establecido para su domicilio que aparece al interior en su boleta de energía, junto al gráfico de consumo mensual.