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¿Puedo hacer convenios de pago?

Para los casos debidamente calificados se suscriben convenios de pago, para ello se solicita una autorización notarial otorgada por el propietario del inmueble y algún documento que acredite la titularidad del propietario. La empresa exige estos antecedentes por cuanto la Ley General de Servicios Eléctricos, DFL 1/82 de Minería, en su Artículo 150 letra “q”

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